Hace unos días, la Sala ha dictado una Sentencia que aplica de manera real el derecho a ser indemnizado por todos los perjuicios que causa una expropiación, se trata del caso habitual en que unos propietarios, que edificaron cumpliendo toda la legalidad, se ven afectados en el trazado de una nueva autovía o carretera, cuya ejecución, supone que la vivienda queda ahora a escasos metros de dicho trazado, con las molestias que ello conlleva y el demérito en el valor de la construcción por su cercanía a la carretera.
Entiende la Sala del TSJ, que no siempre se está ante un supuesto en que se deba y pueda pedir la expropiación total de la parcela, tal y como alegaba el Gobierno de Cantabria, pues claramente no se dan los requisitos para ello, sin embargo, la expropiación parcial si conlleva unos perjuicios que no se ven subsanados con el pago de valor del suelo y bienes afectados, sino que deben ser integrados como otra partida indemnizatoria dentro del justiprecio.
La depreciación del valor de la vivienda se refleja en aspectos como la pérdida de intimidad del espacio libre de recreo de la parcela, la pérdida de calidad medio ambiental y paisajística, pérdida de vistas y exposición continua al ruido de la circulación de la autovía.
Consideramos que tras varios años de lucha con la Administración, más de 12, la Sentencia se considera un éxito para los propietarios afectados y abre la vía a la solicitud de indemnizaciones que hasta el momento, no eran reconocidas por parte de los tribunales.