La Audiencia Provincial de Cantabria ha planteado una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea(TJUE) para que se pronuncie sobre si los clientes tienen derecho a recuperar todo el dinero pagado por esta cláusula hipotecaria desde el inicio del crédito y no sólo desde mayo de 2013, como tiene declarado el Tribunal Supremo.
Esto supone que, de contradecir el TJUE al Tribunal Supremo, los afectados podrán pedir la devolución de las cantidades pagadas de más desde la fecha de firma de su préstamo hipotecario. El Tribunal Supremo declaró que los importes abonados de más, solo se devolverían desde el 9 de mayo de 2013, fecha en la que dictó su primera Sentencia.
Esta Sentencia fue muy polémica, hasta el punto de que muchas Audiencia Provinciales habían hecho caso omiso a la misma y estaban devolviendo las cantidades desde el inicio.
Esperamos que la Sentencia del TJUE aporte definitivamente la seguridad jurídica necesaria a las reclamaciones de los consumidores afectados para delimitar exactamente la fecha desde la que deberán ser reintegradas las cantidades por la entidad bancaria.